Negocio fiduciario › Garantía

Garantiza tus obligaciones sin inmovilizar liquidez.

Te ayudamos cuando necesitas respaldar un crédito o una obligación con bienes de tu empresa, bajo la titularidad jurídica de un tercero independiente que da certeza al acreedor.

Cómo aportamos valor

El constituyente aporta bienes al fideicomiso, que asume su titularidad jurídica. el fideicomiso administra la estructura y pone los bienes a disposición del acreedor solo si se produce un incumplimiento — con las reglas claras desde el inicio y el uso de los bienes garantizado mediante comodato precario.

Garantía sin comprometer liquidez

La empresa aporta como garantía lo que ya tiene — participaciones, bienes o cartera — sin comprometer su liquidez operativa, conservando el uso de los bienes mediante comodato precario.

Certeza real para el acreedor

El acreedor recibe certeza real: los bienes están bajo titularidad jurídica del fideicomiso, separados del patrimonio del deudor y ejecutables conforme al contrato.

Ejecución ágil y transparente

El proceso de ejecución es transparente y predefinido: ni el deudor ni el acreedor deciden unilateralmente; el contrato lo regula todo.

Cumplimiento y trayectoria

Cumplimiento regulatorio y el respaldo de una entidad con más de 30 años de trayectoria, aceptada por banca internacional y organismos multilaterales.

¿Cómo funciona?

Una estructura que convierte tus activos en garantía real, con reglas claras para todas las partes.

El proceso es simple y trazable: en cuatro etapas, los bienes del constituyente se transfieren al fideicomiso, que asume su titularidad jurídica. Los bienes respaldan la obligación y se restituyen al constituyente cuando esta se cancela.

Aporte de los bienes

El constituyente transfiere al fideicomiso los bienes que actuarán como garantía — participaciones societarias, bienes muebles o inmuebles o cartera de créditos. La transferencia queda registrada y es irrevocable mientras dure la obligación.

Constitución del patrimonio autónomo

Se constituye un patrimonio autónomo separado del patrimonio del constituyente y de la fiduciaria. Los bienes quedan afectados exclusivamente al cumplimiento de la obligación garantizada y no pueden ser objeto de medidas cautelares por obligaciones ajenas al fideicomiso.

Titularidad jurídica y comodato precario

El fideicomiso mantiene la titularidad jurídica de los bienes conforme al contrato, lleva la contabilidad, reporta periódicamente a las partes y actúa conforme a las instrucciones pactadas. El uso y goce de los bienes se otorga en comodato precario al constituyente o a quien este designe, mientras la obligación esté vigente y no se haya producido un evento de incumplimiento.

Ejecución o liberación

Si se produce un evento de incumplimiento, el fideicomiso ejecuta el procedimiento pactado en el contrato para obtener los recursos destinados al pago. Si la obligación se cancela íntegramente, los bienes se devuelven al constituyente y el fideicomiso se extingue.

¿Qué es un patrimonio autónomo?

Negocio fiduciario

Cómo fluye la garantía

Cuando el acreedor necesita certeza sobre los bienes, la titularidad fiduciaria la da.

Esta es la aplicación más exigente de la garantía fiduciaria. El constituyente aporta sus bienes; el fideicomiso asume la titularidad jurídica de forma independiente y otorga comodato precario al constituyente o a quien este designe para el uso de esos bienes. El acreedor sabe que, en caso de incumplimiento, el procedimiento de ejecución está predefinido y no depende del deudor.

01.

Constituyente

Aporta bienes al fideicomiso: participaciones, bienes o cartera. Conserva el uso mediante comodato precario.

Aporta bienes

02.

Fideicomiso

Adquiere la titularidad jurídica de los bienes de forma independiente.

Certeza de garantía

03.

Acreedor

Banca local, internacional u organismo multilateral.

Si cumplimiento: bienes regresan al Constituyente

Si incumplimiento: ejecución → pago al Acreedor

Así estructuramos garantías aceptadas por banca local, banca internacional y organismos multilaterales de desarrollo — con más de 30 años de trayectoria en el mercado ecuatoriano.

Aplicaciones

Una estructura útil para distintas necesidades de garantía corporativa.

El fideicomiso de garantía se adapta al tipo de activo que el constituyente quiere aportar.
Estas son sus aplicaciones más frecuentes:

Garantía de cartera

El constituyente transfiere al fideicomiso una cartera de créditos o cuentas por cobrar. El fideicomiso mantiene la titularidad jurídica de esa cartera, que sirve como garantía ante el acreedor. Si la obligación se cancela íntegramente, la cartera se restituye al constituyente; si se produce un incumplimiento, se ejecuta el procedimiento pactado en el contrato.

Garantía de participaciones societarias

Las participaciones o acciones de una empresa se transfieren al fideicomiso, que asume su titularidad jurídica. En las decisiones societarias, el contrato generalmente delega la participación al constituyente con autorización previa del beneficiario, quien informa al fideicomiso las decisiones adoptadas. El constituyente conserva el uso y goce de los bienes mediante comodato precario. Si la obligación se cancela, las participaciones se restituyen al constituyente.

Garantía de bienes muebles o inmuebles

Equipos, vehículos, maquinaria u otros activos de la empresa se transfieren al fideicomiso, que asume la titularidad jurídica. El constituyente conserva el uso de los bienes mediante comodato precario. En caso de incumplimiento, la ejecución sigue el procedimiento pactado en el contrato, sin necesidad de un proceso judicial ordinario.

Resguardo de flujos para banca internacional

Cuando un acreedor externo exige una garantía sobre bienes con estándares internacionales, la estructura fiduciaria ecuatoriana — con el fideicomiso como titular jurídico independiente — provee el nivel de certeza y trazabilidad que bancos e instituciones multilaterales requieren.

¿Cuándo elegir este fideicomiso?

¿Cuándo elegir este fideicomiso?

Es la estructura idónea en los siguientes escenarios corporativos:

Cuando un banco, fondo de inversión u organismo multilateral exige una garantía sobre bienes con titularidad fiduciaria independiente y procedimiento de ejecución predefinido.

Cuando la empresa quiere respaldar una obligación aportando bienes al fideicomiso sin perder su uso mediante comodato precario, y sin comprometer su liquidez operativa.

Cuando el acreedor necesita certeza de que los bienes no pueden ser embargados por otras deudas del deudor ni dispuestos unilateralmente.

Cuando el contrato exige que las decisiones del deudor en asambleas de socios o en la administración de sus activos estén condicionadas al consentimiento del acreedor.

Caso de éxito

Una garantía aceptada por un organismo financiero internacional

Participaciones societarias como garantía ante un acreedor internacional — más de 6 años de vigencia.

Una empresa aportó su participación en una subsidiaria como garantía ante un organismo financiero internacional. El fideicomiso asumió la titularidad jurídica de las participaciones; en las decisiones societarias, el contrato delegó la participación al propio constituyente con autorización previa del beneficiario, quien luego informa al fideicomiso las decisiones adoptadas. La estructura lleva más de 6 años en operación.

Resultados

Acceso a financiamiento internacional

sin comprometer caja ni activos operativos.

Certeza legal para el acreedor

titularidad fiduciaria independiente y procedimiento de ejecución predefinido.

Más de 6 años en operación continua

vigente hasta la cancelación total de las obligaciones.

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